PROMOCIÓN ANTICIPADA 2024

De acuerdo con nuestro Sistema Institucional de Evaluación (SIE) en el artículo 24, se menciona que: “La promoción anticipada es un recurso al que los estudiantes, de grado primero (1°) a grado 10° (décimo), pueden acceder si consideran que sus conocimientos en todas las áreas de formación son suficientes para pasar al siguiente grado sin necesidad de hacer todo el proceso en el año lectivo del curso en el cual se encuentra matriculado. Para ello, se requiere demostrar el dominio de las competencias necesarias del grado en el cual se encuentra matriculado. 

De acuerdo con el artículo 7 del decreto 1290: “Durante el primer periodo del año escolar el Consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será́ consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva, en el registro escolar. Los establecimientos educativos deberán adoptar criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior.” 

Por lo anterior, en el Colegio Villas del Progreso IED se dará́ promoción anticipada a los estudiantes que cumplan con todos los criterios y desarrollen el debido proceso” 

Así́ mismo, en el artículo 25 se establecieron los 7 criterios que un estudiante que quiera optar por la promoción anticipada debe cumplir. Estos son: 

  1. Postularse al proceso de promoción anticipada a través del formato de carta institucional dirigida al consejo académico en la tercera semana del primer periodo académico. 
  2. Presentar pruebas de suficiencia en las áreas obligatorias y fundamentales (Ley General de Educación 115 abril de 1994, artículo 23) en la séptima semana del primer periodo académico 
  3. TenerdesempeñoSUPERIORenlasáreasquecontemplaelplandeestudiosdegrado al cual pertenece permitiendo máximo dos áreas con desempeño ALTO al cierre del primer periodo académico. 
  4. Aprobar las pruebas de suficiencia de las áreas presentadas. 
  5. No presentar situaciones convivenciales tipo 2 o 3, faltas graves o gravísimas  estipuladas en el manual de convivencia 
  6. Asistir al 100% de las clases del primer periodo académico. En caso de presentar inasistencia deberá́ estar justificada con sus respectivos soportes, la cual no podrá́ superar el 10% de las clases 
  7. Concepto favorable de orientación escolar a partir de la observación,  acompañamiento y seguimiento de los candidatos. 

Parágrafo: Si un estudiante de grado décimo es promovido anticipadamente continuara en el énfasis que viene desarrollando su proceso académico. 

En el año 2022, el proceso para optar a la promoción anticipada fue modificado y quedo establecido en el artículo 26 del SIE, el cual invitamos a leer en detalle.
De acuerdo con este artículo, el estudiante debe realizar un proceso previo al cierre del primer periodo académico para poder definir su promoción o no anticipada de grado. Estos procesos previos son: 

  1. Cada área elaborará una prueba de suficiencia para aplicar a los estudiantes que aspiren a promoción anticipada en cada grado en la semana de desarrollo institucional de Enero, que será entregada al coordinador del área respectiva para su análisis y revisión.
  1. En la primera semana del año lectivo, Orientación Escolar diseña una infografía para ser divulgada a todos los estudiantes, en donde se explique el propósito de la promoción anticipada, sus requisitos e implicaciones de tal manera que los estudiantes que se consideren aptos para participar en dicho proceso puedan empezar a dialogar con su familia sobre los pasos a seguir. 
  2. En la segunda semana, Orientación Escolar y Coordinación pasara por todos los grupos con el fin de aclarar dudas del proceso y hacer énfasis en la rigurosidad y exigencias de la promoción anticipada. 
  3. Los padres de familia o acudientes postulan al estudiante para promoción anticipada mediante formato de carta institucional dirigida al consejo académico durante las tres primeras semanas del año en curso, la cual radicaran en la coordinación respectiva de su sede y jornada escolar.

Los padres de familia de los estudiantes interesados deben descargar el formato institucional en el siguiente link: https://acortar.link/Vd5H8s diligenciarlo, fírmalo y enviarlo al correo respectivo del coordinador de sede y jornada encargado. Este formato se recibirá́ hasta la tercera semana del año escolar en curso, es decir hasta el VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024.

  1. Las solicitudes se dan a conocer en el consejo académico. 
  2. Para la promoción anticipada es requisito que el estudiante presente pruebas de suficiencia en cada una de las áreas con el fin de valorar el desempeño en la totalidad del grado en que se solicita la promoción anticipada; esto con el fin de garantizar que tenga los conocimientos necesarios para desempeñarse en el siguiente grado. 
  3. La prueba entregada por cada área, coordinación la aplica la séptima semana a los estudiantes postulados. Coordinación las regresa a los docentes para su valoración, y las recibe calificadas para socializar el resultado en la octava semana del año escolar en curso
  4. Orientación escolar elabora y presenta un informe de los estudiantes que aprobaron las pruebas de suficiencia y por ende continúan en el proceso, para el consejo académico sobre el desempeño personal, social, cognitivo y comportamental de los estudiantes postulados a la promoción anticipada. Este informe lo elabora con base en su criterio profesional y los aportes de los docentes. Para los estudiantes nuevos, el departamento de orientación hará́ un proceso de seguimiento para dar su informe. 
  5. El estudiante debe obtener desempeño SUPERIOR en todas las áreas del plan de estudios del grado que este cursando durante el primer periodo académico, permitiéndose máximo dos áreas con desempeño ALTO 
  6. El Consejo Académico analizará el proceso de los estudiantes que ameritan la promoción anticipada y con base en la totalidad de los soportes y cumplimiento de los requisitos, toma su decisión y la remitirá́ al Consejo Directivo para su aval. 
  7. Expedición de acta de promoción anticipada por el Consejo Directivo. 
  8. Registro escolar de la promoción anticipada, en el libro de matrículas por parte de secretaría académica. 

Parágrafo 1: Para efectos de libro de notas y de certificados, las notas finales del grado aprobado anticipadamente serán aquellas obtenidas durante el primer periodo académico de las asignaturas que corresponden al Plan de Estudios vigente para el grado que se obtenga la promoción.